Reglamento de Práctica en la Empresa
  Capítulo I
  De la Naturaleza, Fines y Requisitos
  Artículo 1.
   Para obtener el grado de Técnico Medio del Colegio Agropecuario de San Carlos, los estudiantes deben realizar un trabajo final que se llamará Práctica en la Empresa.  Esta práctica debe realizarla el estudiante en el último cuatrimestre de su programa académico, y consistirá en un trabajo tendiente a satisfacer una necesidad de la empresa, dependiendo de la especialidad que el estudiante haya escogido.   
  Dichos trabajos pueden realizarse en áreas tales como:
     Ganadería de  Carne
    Maquinaria y  Mecanización Agrícola.
  Desarrollo  Forestal, Agroindustria.
    Avicultura.
    Porcicultura.
    Acuacultura.
    Fruticultura.
    Biotecnología.
    Invernaderos.
    Zoocriaderos.
    Gestión  Empresarial.
  Programación  de Aplicaciones en Lenguajes determinados:
    Visual Basic, C++, Java,  C#.
    Programación  Html.
    Aplicaciones web en  html.
    Soporte Técnico a  Equipo Computacional.
    Mantenimiento preventivo  al equipo informático.
    Guías de turismo  ecológico.
    Proyectos de  investigación científica con objetivos claramente  ecologistas.
    Agencias de viajes  dedicadas al turismo ecológico.
  Áreas  de conservación públicas, semiprivadas o privadas.
  Empresas  agroecoturísticas.
    Educación  Ambiental
    Turismo de aventura.   
    Otros (Plantas  Ornamentales).
 
 
  Artículo 2
   Es estudiante aplicará los conocimientos adquiridos en el transcurso de sus estudios en la solución de problemas reales, además deberá permanecer dentro de la empresa, propiciando con ello el contacto directo con el ambiente laboral por medio del cual generará experiencia para su desarrollo como futuro profesional.
 
 Artículo 3
  Los objetivos generales de la práctica en la Empresa son:
     Aplicar los  conocimientos adquiridos para la solución de problemas y  necesidades empresariales.
    Desarrollar el criterio  y la iniciativa en el planteamiento y solución de problemas.
    Desarrollar la capacidad  de comunicación tanto escrita como oral.
    Conocer y desenvolverse  adecuadamente en un ambiente laboral.
    Crear imagen de la  calidad y capacidad técnica de los estudiantes del Colegio  Agropecuario de San Carlos.
    
 
 Artículo 4
   El estudiante trabajará para la empresa en el desarrollo de un tema específico como los expuestos en el artículo 1 del presente reglamento.  Los temas serán determinados por el profesor tutor, en conjunto con el encargado en la empresa de acuerdo a las necesidades de la misma .
 
 Artículo 5
  Serán requisitos para realizar la práctica los siguientes:
   Efectuar  la matrícula correspondiente según el calendario  establecido por el Colegio y entregar la boleta respectiva de  práctica en la empresa.   
  Deberá  tener vigente su póliza estudiantil.
  Para  efectuar la práctica, el estudiante no podrá tener  cursos pendientes.
    Los estudiantes que  realicen la práctica, deben dedicarse a tiempo completo al  desarrollo de dicha actividad.
 
 
  Capítulo II
  De las responsabilidades
 Artículo 6
    El coordinador de la práctica en la empresa tendrá las siguientes responsabilidades:
     Elaborar el  calendario de práctica correspondiente y velar porque los  profesores guía y estudiantes presenten los informes  mensuales acerca del desarrollo del trabajo.
    Asignar un profesor  guía a cada estudiante.
    Otorgar a cada  estudiante y profesor guía una copia del calendario de  prácticas.
    Aprobar el  anteproyecto que cada estudiante presente y verificar que éste  se centre sobre el tema asignado.
    Organizar la(s)  reunión(es) que se considere necesarias para la motivación,  aclaración de dudas y dirección a los estudiantes.
    Llevar un registro  con la información (bitácoras) de las prácticas  que realizan los estudiantes.
    Efectuar una reunión  con los estudiantes al final de la práctica para el control  de avance del trabajo y escuchar dudas o sugerencias por parte de  los estudiantes.
    Coordinar con los  profesores guía lo concerniente al trabajo de los  estudiantes.   
    Controlar el  cumplimiento de las fechas establecidas en el calendario de  prácticas.
    Convocar a una  reunión al finalizar el período de práctica  para coordinar con los estudiantes los procesos de defensa oral del  trabajo realizado en las empresas.
    Conformar los jurados  de evaluación que estarán integrados por dos  profesores, y el coordinador.  En dicho órgano no podrá  incluirse el profesor guía, quien si deberá estar  presente en la defensa del trabajo en calidad de espectador.
 
 Artículo 7
    Serán responsabilidades del profesor guía:
     Participar en la  reuniones convocadas por el coordinador de prácticas.
    Formalizar el inicio de  la práctica en la empresa.
    Controlar durante el  desarrollo de la práctica que el estudiante trabaje en el  tema asignado y aprobado por el coordinador de práctica.
    Brindar asesoría  y la guía necesaria para que este realice su trabajo en forma  óptima.  Deberá reunirse con el estudiante al menos  una vez por mes en el lugar y hora que fijen en común  acuerdo.
  Entregar  al coordinador los contratos firmados así  como los informes mensuales según fechas establecidas en el  calendario.
    Participar como  espectador en la comisión evaluadora
 
 Artículo 8
    Serán responsabilidades del estudiante:
     Presentar para su  aprobación al profesor guía el plan de trabajo por  realizar en la empresa.
    Acatar y respetar las  normas y reglamentos de la empresa donde realiza la práctica.
    Cumplir el plan de  trabajo aprobado por el profesor guía y avalado por el  coordinador de prácticas.
    Cumplir con la  obligaciones adquiridas con la empresa.
    Informar al profesor  guía cualquier dificultad que se presente durante el período  de práctica.
    Entregar al  coordinador en la fechas establecidas, los documentos que se le  solicitan y asistir a todas las reuniones programadas.
    Asistir a las  reuniones con el profesor guía.
    Elaborar un informe  escrito sobre el trabajo realizado de acuerdo con las normas  establecidas por el Colegio Agropecuario de San Carlos.    
 
 
  Del trabajo aprobado por el profesor guía, el estudiante debe presentar dos copias para los miembros del jurado.  Posterior a la defensa oral, debe entregar un trabajo empastado a la biblioteca del Colegio.
     Realizar la defensa  oral del trabajo ante un jurado calificador planeado por el  coordinador de prácticas.
    Asistir puntualmente  a laborar en la institución o empresa, en caso de enfermedad  comprobada deberá justificar ante el encargado inmediato, con  copia al Colegio.
 
  Capítulo III
  De la Evaluación
 Artículo 9
    Serán puntos a evaluar:
     Desenvolvimiento  del estudiante en la empresa.
 
     Cumplimiento de  horarios, normas y políticas de la empresa.
    Confianza en sí  mismo.
    Facilidad de expresión.
    Habilidad para las  relaciones y comunicación interpersonal.
 
     Eficiencia y  aplicación de conocimientos
 
     Eficacia en la  planeación del trabajo.
    Habilidad en la búsqueda  de información.
    Tabulación,  interpretación y análisis de la información.
    Decisión,  criterio y juicio en el enfoque y solución de problemas  encontrados.
    Eficacia en la obtención  de resultados y en la formulación de recomendaciones del  trabajo realizado.
 
     Informe final  escrito
 
     Presentación del  informe en cuanto a forma.
    Claridad en la expresión  de sus ideas.
    Formulación de  ideas propias en el enfoque del tema.
    Habilidad para plantear  conclusiones y recomendaciones.
    Capacidad analítica  y de síntesis.
 
     Evaluación  de jurado calificador:
 
     Seriedad y respeto en la  presentación.
    Dominio del tema y  seguridad de expresión.
    Planeamiento de la  expresión.
    Utilización de  ayuda audiovisuales.
  Eficiencia  en la estructura del trabajo capacidad para responder la preguntas  planteadas por el jurado calificador.
 
     Aspectos de fondo:
 
     Viabilidad de las  conclusiones y recomendaciones.
    Calidad técnica  del trabajo.
    Formulación de  ideas propias en el enfoque del tema.
    Habilidad para plantear  recomendaciones y conclusiones.
    Capacidad analítica  de síntesis.
    Aplicación del  conocimiento en la preparación del trabajo.
    Congruencia entre el  desarrollo y la conclusiones.
    
 
 Artículo 10
  La ponderación de la evaluación será de acuerdo a la siguiente tabla:
  Prof. Guía
  a.     Desenvolvimiento en la empresa 70% Empresa (bitácora + avances).
   Informe  final escrito   10% Prof. Tutor
  Evaluación  jurado calificador    20% 
  Jurado  (defensa oral y trabajo escrito)
 
 Artículo 11
  El estudiante deberá obtener una nota igual o superior a 70 (setenta) para aprobar la práctica en la empresa.  En caso de obtener una nota inferior a 70 deberá repetirla en el período estipulado por el Ministerio de Educación Pública para tal efecto.
 
 Artículo 12
 El estudiante deberá tener una asistencia del 100% para aprobar la práctica de lo contrario reprobará la práctica.l  
 
 Artículo 13
  El estudiante que haya sido reprobado en su práctica en la empresa, deberá asignársele otro estudio, cuyo tema deberá ser diferente al que reprobó.
 
  Capítulo IV
  Normas para la elaboración del informe final
 Artículo 13.  Estructura del informe final
  El informe final de la práctica de especialidad deberá tener la siguiente estructura:
     Portadas.
    Hoja de aprobación  del Tribunal examinador.
    Dedicatoria (opcional).
    Agradecimiento  (opcional).
    Indices (contenidos,  cuadros y figuras).
    Resumen.
    Introducción.
    Objetivos de Trabajo.
    Revisión de  Literatura.
    Materiales y Métodos.
    Resultados y Discusión.
    Conclusiones.
    Recomendaciones.
    Literatura Citada.
    Apéndices.
    Anexos.
 
  Cuando el trabajo lo amerite el Jurado de la práctica de especialidad, podrá aprobar el uso de otra estructura del informe final.
 
 
 Artículo 14.  Formato de las hojas.
  El informe debe escribirse en papel bond 20 o mejor, de 27,9 cm x 21,6 cm (tamaño carta) sólo por un lado (página) y con una buena calidad de impresión (fotocopiado, off – set, láser, o inyección de tinta, u otras si las autoriza el Tribunal examinador).
   Los márgenes se mantienen en:  
              Izquierdo: 3,5 cm
        Derecho: 2,5 cm
        Superior: 2,5 cm
        Inferior:  2,5 cm
        
   
  
 
 Artículo 15. Letra utilizada.
  El trabajo de ser escrito con un solo tipo de letra y sus respectivas variantes (de mayúscula, itálica y negrita), excepto títulos, que pueden ser escritos con otro tipo de letra (uno solo) manteniéndose uniformidad.  El tamaño de la letra, debe ser de 12 puntos para el texto principal, 10 para las notas y citas textuales y se recomienda de 14 a 18 puntos para el título de las portadas.
 
 Artículo 16.  Numeración de páginas.
  Las secciones iniciales desde la portada interna hasta resumen se numera con números romanos en minúscula en el margen inferior central de las páginas.  La un numeración de páginas del resto del trabajo se numera con números arábigos, inclusive los apéndices, colocándose en el margen superior derecho de cada hoja.  Los anexos quedan fuera de la numeración del trabajo.
 
 Artículo 17.  Numeración de títulos
  En cuanto al formato de los títulos de capítulos, el informe debe estar subdividido mediante el sistema numérico multinivel progresivo (“1”, “1.1”, “1.2”, “2”, “ 2.1”, “2.1.1”), de forma que no se establezcan más de cuatro niveles de subdivisión.  El número 1 lo recibirá la introducción y el último número será para la literatura citada.
 
  Capítulo V
  Normas para la presentación del informe final
 
 Artículo 18.  Período de entrega del informe escrito.
  Para la presentación de la práctica de especialidad el estudiante, una vez autorizado por el asesor, deberá entregar el informe escrito, por lo menos 5 días hábiles antes de la fecha de presentación de defensa, al Coordinador de Prácticas en la Empresa, quien revisará el trabajo en los aspectos de forma y aprobará su entrega al Tribunal examinador.
 
 Artículo 19. Programación de presentaciones.
  Las presentaciones de las prácticas de especialidad se programarán para que se realicen durante la última semana laboral del último trimestre.  El Coordinador de prácticas en la Empresa fijará la fecha de presentación de los estudiantes que estén matriculados en práctica y la dará a conocer dos meses antes de que la misma se cumpla.
 
 Artículo 20. Entrega de informes al tribunal examinador.
  El Coordinador de la práctica de especialidad deberá entregar los informes a los miembros del Tribunal examinador por lo menos 3 días hábiles antes de la fecha de presentación del trabajo.  Los miembros del Tribunal examinador tendrán un plazo hasta de 3 días hábiles para evaluar el informe escrito, luego de los cuales deberán manifestar por escrito los resultados de su evaluación y si están o no de acuerdo con que se exponga el trabajo, según el formulario para el efecto.
 
 Artículo 21.  Objeción para la presentación oral.
  Si alguno de los miembros del Tribunal examinador no estuviere de acuerdo con la presentación del trabajo, se lo deberá informar al profesor tutor por lo menos con tres días calendario antes de la fecha de la exposición.  De inmediato el Asesor deberá evaluar las objeciones y recomendar, si así lo cree conveniente, las correcciones del caso al estudiante.
 
 Artículo 22.  Divergencia entre Asesor y Tribunal examinador.
  Si se dieran divergencia de opinión entre el Asesor y alguno de los miembros del Tribunal examinador, se deberá presentar la información al Coordinador de Departamento.  Este nombrará una comisión de 2 profesores del Departamento, que evalúe la situación y dé un veredicto, a favor o en contra de la presentación del Trabajo.  Esta recomendación es vinculante.
 
 Artículo 23. Asistencia del tribunal a presentación oral.
  Si en el momento de presentación de una práctica de especialidad faltare uno de los miembros del Tribunal examinador de la práctica, la misma se podrá realizar siempre y cuando el que faltare no fuera el profesor asesor.  Si el ausente fuera el profesor asesor, el Coordinador reprogramará la práctica, de común acuerdo entre las partes.
 
 Artículo 24. Remoción de miembros del tribunal.
  Un miembro del Tribunal examinador podrá ser removido del cargo por el Coordinador del Departamento, ya sea porque él lo solicita, o porque a pesar de los procedimientos aquí establecidos, no está de acuerdo con el trabajo presentado.
 
 
  Capítulo VI
  Normas para la aprobación de la práctica en la empresa.
 
 Artículo 27. Aprobación
  Para aprobar la Práctica en la empresa, el estudiante debe obtener la nota mínima en cada uno de los rubros de la evaluación.
 
 Artículo 28. Deficiencia de trabajo de campo.
  El estudiante que obtuviera menos de la nota mínima establecida por la Institución en el Trabajo de campo, reprobará la Práctica de Especialidad.
 
 Artículo 29. Posibilidad de corrección.
  Si el informe escrito del Proyecto (informe final), no alcanzara la nota mínima, el estudiante tendrá la posibilidad de corregirlo, siempre y cuando el tutor esté de acuerdo.  En caso contrario reprobará la práctica de especialidad.
 
 Artículo 30.Caso de Deficiencia en presentación y/o defensa
  Cuando la calificación obtenida por el estudiante en la presentación o en la defensa pública sea menor a la nota mínima, deberá repetir ambas.  Un estudiante podrá presentar y defender su práctica, máximo en dos ocasiones.  Por tanto si no aprobara por segunda vez, reprobará la práctica de especialidad.
 
 
  Capítulo VIII
  Disposiciones Generales
 
 Artículo 31. Período para presentación del informe final.
  Una vez que el estudiante termina su trabajo de campo tendrá ocho días más para aprobar la presentación y defensa pública de su práctica.
 Artículo 32. Caso de reprobación.
  Cuando un estudiante, por cualquiera de los motivos que establece este reglamento, reprobara la práctica, se verá obligado a realizar una nueva, la cual seguirá todas las disposiciones establecidas en este reglamento.
 
 Artículo 33. Prórrogas.
  Cuando el trabajo de práctica no puede ser concluido en el período durante el cual fue matriculado, por razones debidamente justificadas y comprobadas, el Director procederá a tramitar la prórroga.  Si el estudiante necesitara una prórroga por no haber terminado en el tiempo establecido el cronograma de la práctica, podrá solicitar hasta dos prórrogas de un mes cada una con el aval del tutor de la práctica.
 
 Artículo 34. Apoyo de la contraparte interesada.
  Para la realización de la Práctica de Especialidad se procurará que la contraparte interesada, (empresa o proyecto) provea al estudiante según sus políticas, de la mayor cantidad posible de facilidades tales como:
     Alojamiento y  alimentación.
    Facilidades de  desplazamiento dentro del proyecto o empresa.
    Un estipendio económico  mínimo que le permita al estudiante afrontar sus gastos  personales durante la ejecución del proyecto.
    Costeo de materiales  para la preparación del informe final y su presentación.
 
 
 Artículo 35. Solicitudes de trabajos de prácticas.
  a. Los interesados en que estudiantes del Colegio Agropecuario de San Carlos lleven a cabo la práctica de especialidad en sus empresas o proyectos, deberán hacer una solicitud por escrito dirigida al Coordinador con la Empresa, donde se establezca el vínculo formal y queden por escrito las facilidades que se brindarán al estudiante según lo propuesto en el artículo 34.
             b. Los estudiantes interesados en realizar la práctica o proyecto en una empresa escogida por ellos mismos o por sus padres o encargados, deberán presentar una solicitud por escrito dirigida al Coordinador con la Empresa, antes del 30 (treinta) de junio de cada año lectivo.
 
 Artículo 36. Límite de asesorías por profesor.
  Un profesor Asesor de Práctica de Especialidad podrá tener a su cargo un máximo de cinco (5) estudiante por trimestre.
 Artículo 37. Distinciones.
  La normativa para el otorgamiento de distinciones por trabajos excelentes será elaborada por el Comité de Prácticas de Especialidad y aprobado por el Consejo de Departamento.
 Artículo 38.  De la empresa.
             La empresa puede ser pública, privada o semiprivada.  En ellas no debe existir vínculo familiar directo con el practicante en el desarrollo de la misma.   
 Artículo 39. Otros
  Cualquier situación no contemplada en esta normativa será resuelta por el Consejo de Departamento.